Morelia, Michoacán; 12 de febrero de 2026.– El Congreso del Estado prohibió constitucionalmente que el Poder Ejecutivo contrate deuda pública que exceda la duración de su administración; los Ayuntamientos quedan exentos de dicha adecuación.
Lo anterior, luego de que las y los integrantes de la 76 Legislatura aprobaron reformar el artículo 44 de la Constitución Política del Estado, en su fracción XII, respecto a las facultades del Congreso del Estado y, en particular, en el tema de las bases para que el Ejecutivo y los Ayuntamientos contraten deuda, la cual deberá realizarse bajo los principios de responsabilidad hacendaria, sostenibilidad financiera y transparencia.
Fue mediante una reserva al segundo párrafo adicionado que se estableció que, en el caso del Poder Ejecutivo del Estado, queda prohibida la contratación de deuda pública a largo plazo que exceda la duración de la administración en curso.
“Al elevar la responsabilidad hacendaria y la sostenibilidad a rango constitucional, se restringe la capacidad de comprometer participaciones futuras, asegurando que las obligaciones financieras sean liquidadas por la misma administración que decidió contratarlas, evitando así el traslado de pasivos a gobiernos sucesores”, precisa el decreto avalado por 33 votos.
Es así como la Septuagésima Sexta Legislatura abona a garantizar finanzas sanas para el Estado a largo plazo mediante la eliminación del sobreendeudamiento; al prohibir que la deuda trascienda el periodo administrativo, se fuerza una planeación presupuestaria más eficiente y honesta, donde la inversión pública se financie con recursos propios o créditos de corto plazo que se paguen en el mismo ejercicio.
Por ello, la reforma asegura la consistencia y la interrelación automática de las finanzas estatales, evitando que los pasivos sobrevivan a la existencia legal y económica de los activos que los originaron. Esto protege la soberanía financiera de las próximas administraciones y asegura que el crédito sea una herramienta de desarrollo inmediato y no una carga hereditaria para la ciudadanía.
La nueva adecuación constitucional será remitida a los Ayuntamientos y Concejos Municipales del Estado de Michoacán para que emitan el resultado de su votación; el Congreso del Estado tendrá un plazo no mayor a ciento ochenta días para armonizar el marco estatal.

























